Día internacional de la educación

Día internacional de la educación

El 25 de enero, en el marco del Día Internacional de la Educación, desde los Pueblos Indígenas reafirmamos nuestra defensa de una educación intercultural, propia e inclusiva, que reconoce la identidad colectiva, la ancestralidad y el vínculo profundo con el territorio.

Entendemos la educación como un proceso que nace y se sostiene en el territorio, donde se aprende a partir de la relación con la naturaleza, la palabra de los mayores y las prácticas comunitarias. El territorio no es solo un espacio físico, es una fuente viva de conocimiento. Allí se forman valores, responsabilidades y formas de cuidado de la vida.

La educación propia se expresa en las prácticas cotidianas, en la transmisión intergeneracional de sistemas de conocimiento propio, prácticas ancestrales y en la relación espiritual y material con el territorio. No se limita al aula ni a contenidos estandarizados. La educación se hace en el territorio. Esta comprensión cuestiona modelos educativos descontextualizados y afirma la necesidad de enfoques interculturales basados en derechos.

Fortalecer el Sistema Educativo Indígena Propio (SEIP) es garantizar saberes vivos, autonomía y futuro para nuestros pueblos. Significa reconocer nuestra capacidad para definir cómo, qué y para qué educamos, en coherencia con los mandatos territoriales. El SEIP articula educación, territorio y pervivencia cultural. Su fortalecimiento es una condición para una igualdad real con enfoque territorial.

En el Día Internacional de la Educación, reafirmamos que educar desde el territorio es un acto político, cultural y colectivo. La educación propia no es una concesión, es un derecho que sostiene la vida, la memoria y la autonomía de los Pueblos Indígenas, una práctica viva de resistencia y creación colectiva. Exigimos que el Estado reconozca y garantice estos enfoques desde una relación respetuosa con los territorios y sus saberes. Defender la educación propia es defender el territorio.

¡Defender los territorios, es defender la vida!

Una voz territorial en el Ministerio de la Igualdad Desafíos frente a la desigualdad estructural

Una voz territorial en el Ministerio de la Igualdad Desafíos frente a la desigualdad estructural

Los delegados y delegadas de la Comisión Nacional de Territorios Indígenas expresamos nuestro reconocimiento a la designación de Luis Alfredo Acosta Zapata como Ministro de la Igualdad y la Equidad. Consideramos que este nombramiento constituye un hecho político relevante para los Pueblos Indígenas y para los sectores históricamente excluidos del país. Representa la llegada de una voz territorial a un espacio clave de definición de políticas públicas. Reconocemos el significado colectivo de esta designación. También asumimos que abre un escenario de responsabilidades institucionales concretas.

Reconocemos la trayectoria de Luis Alfredo Acosta Zapata, estrechamente ligada a los procesos organizativos y de defensa territorial de los Pueblos Indígenas. Su labor como coordinador nacional de la Guardia Indígena ha estado marcada por el cuidado de la vida, la protección del territorio y la afirmación de la autonomía. Este recorrido se ha construido desde el trabajo colectivo y el mandato comunitario. No responde a una lógica individual, sino a procesos organizativos de largo aliento. Ese origen territorial es central para comprender el alcance de su designación.

Somos conscientes de que el Ministerio de la Igualdad y la Equidad enfrenta desafíos estructurales asociados a la desigualdad, el racismo histórico y la exclusión social. Desde nuestra perspectiva. Esperamos que la gestión ministerial incorpore un enfoque territorial, intercultural y de derechos. La igualdad no puede pensarse al margen del territorio. Tampoco puede desvincularse de la autodeterminación de los pueblos.

Confiamos en que esta designación contribuya al fortalecimiento de las luchas por la defensa integral del territorio y por la dignidad de los sectores históricamente afectados por la desigualdad estructural. Esto implica políticas públicas construidas con participación efectiva de todos los pueblos, comunidades y ciudadanías excluidas. Supone avanzar en medidas orientadas a transformar las causas profundas de la inequidad social, económica y territorial. El enfoque debe ser estructural y de derechos, no asistencial. La igualdad exige cambios sustantivos en la relación del Estado con los territorios y los pueblos, tanto en la ruralidad como en las ciudades.

Reiteramos nuestra disposición al diálogo político y al seguimiento riguroso de la gestión ministerial. Este acompañamiento se realizará en coherencia con los mandatos territoriales y los derechos colectivos de los Pueblos Indígenas, en articulación con las demandas de otros sectores históricamente marginados. Ejerceremos nuestro papel como instancia vocera y de exigibilidad frente a las obligaciones del Estado. Reconocemos que este nombramiento abre una oportunidad política relevante. Al mismo tiempo, plantea responsabilidades claras frente a la justicia territorial, social y la garantía efectiva de derechos.

¡Defender los territorios, es defender la vida!

 

La CNTI logra fallo del Tribunal de Bogotá para avanzar en la adquisición de tierras en favor de la comunidad Mame Ñate Umuguse del pueblo Siona

La CNTI logra fallo del Tribunal de Bogotá para avanzar en la adquisición de tierras en favor de la comunidad Mame Ñate Umuguse del pueblo Siona

Los delegados y delegadas indígenas de la Comisión Nacional de Territorios Indígenas (CNTI), como instancia de vocera en material territorial indígena, celebramos el fallo judicial del 13 de enero de 2026, proferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala de Familia, que protegió el derecho fundamental al territorio de la comunidad Mame Ñate Umuguse, del Pueblo Siona.

El acceso efectivo al territorio mediante la adquisición de tierras es un componente esencial del derecho fundamental al territorio de las comunidades indígenas víctimas del conflicto armado que no pueden retornar a sus territorios. Desde la Secretaría Técnica Indígena (STI) de la CNTI se ha sostenido que este mecanismo no constituye un trámite aislado, sino una medida clave de reparación colectiva, pervivencia cultural y no revictimización.

En articulación con la comunidad indígena Siona Mame Ñate Umuguse, la STI de la CNTI interpuso una acción de tutela en agosto de 2025 en contra de la Agencia Nacional de Tierras (ANT) y la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV), dada vulneración sistemática del derecho fundamental al territorio y de los derechos derivados de su condición de víctimas del conflicto armado. El trámite judicial estuvo marcado por dilaciones, una nulidad por falta de vinculación de la UARIV y decisiones negativas de primera instancia proferidas por el Juzgado Tercero de Familia de Bogotá, que desconocieron la situación humanitaria y territorial de la comunidad, así como las afectaciones prolongadas derivadas del desplazamiento forzado. Estas decisiones fueron finalmente revocadas por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala de Familia, que amparó los derechos fundamentales de esta comunidad.

El trámite judicial fue respaldado mediante coadyuvancias interpuestas por las seis organizaciones indígenas nacionales con asiento en la CNTI (ONIC, OPIAC, CIT, AICO por la Pachama, Gobierno Mayor y CRIC), en consideración a la relevancia estructural que tiene el acceso a la tierra y la culminación célere de los procedimientos de adquisición que adelanta la autoridad de tierras.

En su decisión, el Tribunal, llamó la atención sobre las dilaciones injustificadas para culminar el procedimiento administrativo de adquisición de tierra y por consiguiente la constitución del resguardo, lo cual resulta especialmente graves tratándose de una comunidad víctima del conflicto armado. En consecuencia, ordenó a la ANT concluir, en un plazo máximo de tres (3) meses, el procedimiento de formalización territorial y adoptar decisiones de fondo respecto de los procesos de adquisición de tierras requeridos para la constitución del resguardo, advirtiendo el incumplimiento reiterado de sus deberes legales. Asimismo, el juez ordenó a la UARIV avanzar, en coordinación con la ANT, en la formulación y ejecución de los Planes Integrales de Reparación Colectiva y de Reubicación, garantizando la participación efectiva de la comunidad y el acceso oportuno a las medidas de reparación.

Desde la CNTI instamos a la ANT y a la UARIV a dar cumplimiento integral, oportuno y efectivo a lo ordenado en esta sentencia judicial. En ejercicio de sus funciones misionales, la CNTI ejercerá seguimiento permanente y riguroso al cumplimiento de estas órdenes, en el marco de sus competencias de seguimiento, exigibilidad y acompañamiento a la garantía de los derechos territoriales de los pueblos indígenas.

¡Defender los territorios, es defender la vida!

DECRETO 1392 DEL 22 DE DICIEMBRE DE 2025

DECRETO 1392 DEL 22 DE DICIEMBRE DE 2025

«Por el cual se sustituye el Capítulo 3 del Título 7 de la Parte 14 del Libro 2 del Decreto 1071 de 2015 “Por medio del cual se expide el decreto único reglamentario del sector Administrativo, Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural», en lo relacionado con la dotación y titulación de tierras a las comunidades indígenas para la constitución, reestructuración, ampliación y saneamiento de los resguardos indígenas en el territorio nacional»

 

Comunicado a la opinión pública: Incumplimiento del Gobierno Nacional vulnera los derechos territoriales de los Pueblos Indígenas

Comunicado a la opinión pública: Incumplimiento del Gobierno Nacional vulnera los derechos territoriales de los Pueblos Indígenas

Bogotá D.C., 18 de diciembre de 2025

La Comisión Nacional de Territorios Indígenas (CNTI) denuncia públicamente el reiterado incumplimiento del Gobierno Nacional en la garantía de las condiciones necesarias para el desarrollo efectivo de las sesiones de diálogo y concertación, situación que vulnera de manera grave y sistemática los derechos territoriales, humanos y fundamentales de los Pueblos Indígenas.

Pese a los avances normativos de altísima importancia, relacionados con las Entidades Territoriales Indígenas (ETIS), el Gobierno Nacional ha demostrado una conducta renuente frente al funcionamiento adecuado de la CNTI, impidiendo el ejercicio pleno de la participación efectiva, la concertación y la toma de decisiones sobre la implementación de los compromisos concertados en el Plan Nacional de Desarrollo (PND) y las políticas públicas en materia territorial indígena.

La VI Sesión Ordinaria de la CNTI, programada para el 28 de noviembre de 2025, no pudo culminarse, entre otros motivos, debido a la ausencia reiterada del Director General de la Agencia Nacional de Tierras, doctor Juan Felipe Harman Ortiz, quien ha demostrado que es el único competente para definir acuerdos estructurales que sobrepasan la capacidad de quienes en su delegación asisten al Espacio. Como consecuencia, se generó una pérdida de recursos públicos y se afectaron la coordinación previa, la agenda concertada y los esfuerzos logísticos realizados por las autoridades indígenas provenientes de distintas regiones del país.

A ello se suma la cancelación unilateral de la continuidad de la sesión programada para el 18 de diciembre de 2025, notificada por la Agencia Nacional de Tierras (ANT) mediante correo electrónico el 17 de diciembre a las 6:22 p. m., lo cual interrumpió abruptamente la participación real y efectiva de los Pueblos Indígenas.

Estas actuaciones, atribuibles al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural (MADR) y a la Agencia Nacional de Tierras (ANT), obstaculizaron el seguimiento a los compromisos del PND, la definición de presupuesto y metas para 2026, y la implementación de acuerdos orientados a garantizar la seguridad jurídica de los territorios indígenas, incluyendo procesos de ampliación, saneamiento, reestructuración, conversión y constitución de resguardos, así como la protección integral de los territorios ancestrales.

La CNTI advierte que este patrón reiterado de reprogramaciones, ausencia de funcionarios decisorios, entrega extemporánea e incompleta de información, discontinuidad contractual, cambios constantes de directivos y falta de planeación institucional, resulta regresivo y desconoce el carácter legítimo, legal y vinculante de la CNTI como instancia de concertación de Gobierno a Gobierno.

Estas prácticas contravienen la Constitución Política, el Convenio 169 de la OIT, la jurisprudencia constitucional y los estándares internacionales de derechos humanos. Asimismo, la inadecuada destinación de recursos públicos sin el cumplimiento de los fines previstos podría configurar detrimento patrimonial y omisión de funciones, lo que amerita la intervención de los organismos de control.

Finalmente, la CNTI hace un llamado urgente al Gobierno Nacional para que honre los compromisos adquiridos, respete los espacios de decisión colectiva y actúe bajo los principios de buena fe, enfoque de derechos y obligatoriedad de la concertación. El respeto a la CNTI es una obligación constitucional y legal, fundamental para la garantía de los derechos territoriales de los 115 Pueblos Indígenas del país.

¡Defender los territorios es defender la vida!

Diálogo Estratégico: Brechas para la Formalización de Territorios Indígenas

Diálogo Estratégico: Brechas para la Formalización de Territorios Indígenas

El día 10 de diciembre de 2025, La Comisión Nacional de Territorios Indígenas (CNTI) y Amazon Conservation Team (ACT), con el apoyo de The Tenure Facility (TF), realizamos el evento Diálogo Estratégico: Brechas para la Formalización de Territorios Indígenas, un espacio de análisis y discusión de los principales obstáculos que enfrentamos como Pueblos Indígenas para avanzar en la garantía de los derechos territoriales en Colombia.

El ejercicio conjunto tuvo como propósito identificar las brechas que afectan los procedimientos de formalización de resguardos indígenas en el país. A partir de la observación de experiencias territoriales y del análisis de casos concretos, incluyendo expedientes, obstáculos operativos, vacíos de información y dinámicas institucionales.

Además, se evidenció que las brechas no operan en un mismo plano. Por ello, se diferenciaron factores macro o brechas estructurales, transversales y procedimentales, así como brechas específicas relacionadas con contextos particulares que inciden directamente en la seguridad jurídica de los territorios indígenas.

Este ejercicio se ha sustentado en la observación de las experiencias territoriales y el análisis detallado de los casos que enfrentamos los Pueblos Indígenas para la garantía de nuestros derechos territoriales y la seguridad jurídica de nuestros territorios.

En ese sentido, tanto ACT como la CNTI, partimos de situaciones concretas para identificar y comprender los rezagos y brechas que impiden la garantía efectiva de los derechos territoriales de los Pueblos Indígenas en el país, con el fin de recomendar la acción interinstitucional y fortalecer la toma de decisiones.

Como resultado, se elaboraron dos documentos técnicos: uno realizado por la CNTI, que analiza las brechas desde tipologías estructurales; y otro desarrollado por ACT, que consolida las brechas desde tipologías de caso y contexto. Ambos buscan aportar un entendimiento de las dinámicas que limitan los procesos de formalización y la protección territorial.

Alcance y uso de las brechas y las tipologías

Las brechas se entienden como distancias u obstáculos que impiden o dificultan la garantía y protección de los derechos territoriales indígenas. Estas pueden ser estructurales, procedimentales, normativas o contextuales, y se originan en dinámicas históricas, institucionales y sociopolíticas, afectando de manera diferenciada a los territorios.

Por su parte, las tipologías permiten agrupar estas brechas según su tipo, alcance y contexto. Funcionan como un sistema de clasificación que facilita la lectura integral de los desafíos, orienta la priorización y propone rutas de acción articuladas y escalables.

Las brechas identificadas son técnicas y también estructurales. Por ello, se requiere una transformación institucional profunda que permita definir hojas de ruta claras en el corto y mediano plazo. Estas rutas deben contribuir de manera sostenida a superar dichas brechas, incluso más allá del propio proceso de transformación.

La formalización debe ser vista como una vía para la justicia en los derechos territoriales, la paz, la sostenibilidad ambiental y la protección de la diversidad cultural del país. Se propone que la institucional responda a la comprensión integral de los territorios y de los sistemas de conocimiento de los Pueblos Indígenas.

Es necesario avanzar hacia una acción interoperable entre los actores responsables de los procesos de formalización. La limitación en recursos financieros ha sido una brecha histórica; sin embargo, hoy el problema principal no es la disponibilidad de recursos, sino su ejecución de manera estratégica y oportuna.

Las alianzas con organizaciones de la sociedad civil han demostrado ser de utilidad para la superación de algunas brechas y para acelerar los procedimientos de formalización. Instancias de trabajo conjunto son clave. Retomar espacios de diálogo y encuentro ya existentes dinamiza las plataformas.

¡Defender los territorios, es defender la vida!

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