por STI | Ene 28, 2026 | Actualidad, CNTI Opina, Nota de prensa, Noticias
En el marco de la coordinación y articulación estratégica entre la Comisión Nacional de Territorios Indígenas y la Defensoría del Pueblo como Ministerio Público, se logra fallo judicial trascendental para la protección y exigibilidad de los derechos territoriales del pueblo Sikuani
La Comisión Nacional de Territorios Indígenas (CNTI) como instancia de diálogo y concertación entre el gobierno de los Pueblos Indígenas, celebra lo establecido en la sentencia judicial proferida el 14 de enero de 2026 por el Juzgado Primero Promiscuo del Circuito de Puerto López (Meta), mediante la cual se amparan los derechos fundamentales de las comunidades indígenas Barrulia, Iwitsulibo, San Rafael de Warrojo y Tsawilonia, del pueblo Sikuani, frente a la vulneración de sus derechos al territorio, a la dignidad humana, la libre circulación, la autonomía y la propiedad colectiva.
El fallo reconoce y advierte, con especial preocupación, que las comunidades indígenas han sido afectadas por conductas de particulares que restringen el acceso y el tránsito por sus caminos ancestrales y tradicionales; asimismo, resalta las omisiones reiteradas y las acciones regresivas y desfavorables por parte del Estado. Adicionalmente, precisa la necesidad de garantizar la protección efectiva del territorio ancestral.
La sentencia ordena, entre otras medidas, el cese de las restricciones al tránsito por los caminos tradicionales, la actuación diligente y coordinada de la Agencia Nacional de Tierras para garantizar el acceso efectivo y seguro a los territorios ancestrales, el avance en el Plan Integral de Reparación Colectiva de la comunidad Barrulia y participación efectiva, así como la conformación de un espacio de diálogo intercultural para superar las conflictividades territoriales existentes.
Particularmente, desde el mandato de la CNTI y sus organizaciones se realizó un proceso de coadyuvancia estratégica entre la CNTI y La Defensoría del Pueblo para el acompañamiento y exigibilidad de los derechos territoriales de los Pueblos Indígenas, destacando los estándares de derechos y la especial relevancia que tiene el territorio y su acceso para nuestros pueblos.
Este proceso se inscribe en el marco de más de ciento veinte (120) impulsos administrativos y judiciales promovidos por la CNTI en articulación con las organizaciones y autoridades indígenas nacionales y locales, desde el año 2021. Dichas actuaciones, adelantadas mediante escenarios de exigibilidad y control ante Corte Constitucional y otras instancias judiciales, han tenido como propósito visibilizar las graves afectaciones que enfrenta el pueblo Sikuani en la región de la Altillanura y propiciar respuestas institucionales efectivas.
Los delegados y delegadas indígenas, hacemos un llamado respetuoso a las entidades para que den cumplimiento integral y oportuno de las órdenes judiciales, evitando nuevas dilaciones que profundicen la vulneración de derechos fundamentales.
¡Defender los territorios es defender la vida!
por STI | Ene 26, 2026 | CNTIAnaliza, Actualidad, CNTI Opina, Nota de prensa, Noticias
El 25 de enero, en el marco del Día Internacional de la Educación, desde los Pueblos Indígenas reafirmamos nuestra defensa de una educación intercultural, propia e inclusiva, que reconoce la identidad colectiva, la ancestralidad y el vínculo profundo con el territorio.
Entendemos la educación como un proceso que nace y se sostiene en el territorio, donde se aprende a partir de la relación con la naturaleza, la palabra de los mayores y las prácticas comunitarias. El territorio no es solo un espacio físico, es una fuente viva de conocimiento. Allí se forman valores, responsabilidades y formas de cuidado de la vida.
La educación propia se expresa en las prácticas cotidianas, en la transmisión intergeneracional de sistemas de conocimiento propio, prácticas ancestrales y en la relación espiritual y material con el territorio. No se limita al aula ni a contenidos estandarizados. La educación se hace en el territorio. Esta comprensión cuestiona modelos educativos descontextualizados y afirma la necesidad de enfoques interculturales basados en derechos.
Fortalecer el Sistema Educativo Indígena Propio (SEIP) es garantizar saberes vivos, autonomía y futuro para nuestros pueblos. Significa reconocer nuestra capacidad para definir cómo, qué y para qué educamos, en coherencia con los mandatos territoriales. El SEIP articula educación, territorio y pervivencia cultural. Su fortalecimiento es una condición para una igualdad real con enfoque territorial.
En el Día Internacional de la Educación, reafirmamos que educar desde el territorio es un acto político, cultural y colectivo. La educación propia no es una concesión, es un derecho que sostiene la vida, la memoria y la autonomía de los Pueblos Indígenas, una práctica viva de resistencia y creación colectiva. Exigimos que el Estado reconozca y garantice estos enfoques desde una relación respetuosa con los territorios y sus saberes. Defender la educación propia es defender el territorio.
¡Defender los territorios, es defender la vida!
por STI | Ene 26, 2026 | CNTI Opina, Actualidad, Nota de prensa, Noticias
Los delegados y delegadas de la Comisión Nacional de Territorios Indígenas expresamos nuestro reconocimiento a la designación de Luis Alfredo Acosta Zapata como Ministro de la Igualdad y la Equidad. Consideramos que este nombramiento constituye un hecho político relevante para los Pueblos Indígenas y para los sectores históricamente excluidos del país. Representa la llegada de una voz territorial a un espacio clave de definición de políticas públicas. Reconocemos el significado colectivo de esta designación. También asumimos que abre un escenario de responsabilidades institucionales concretas.
Reconocemos la trayectoria de Luis Alfredo Acosta Zapata, estrechamente ligada a los procesos organizativos y de defensa territorial de los Pueblos Indígenas. Su labor como coordinador nacional de la Guardia Indígena ha estado marcada por el cuidado de la vida, la protección del territorio y la afirmación de la autonomía. Este recorrido se ha construido desde el trabajo colectivo y el mandato comunitario. No responde a una lógica individual, sino a procesos organizativos de largo aliento. Ese origen territorial es central para comprender el alcance de su designación.
Somos conscientes de que el Ministerio de la Igualdad y la Equidad enfrenta desafíos estructurales asociados a la desigualdad, el racismo histórico y la exclusión social. Desde nuestra perspectiva. Esperamos que la gestión ministerial incorpore un enfoque territorial, intercultural y de derechos. La igualdad no puede pensarse al margen del territorio. Tampoco puede desvincularse de la autodeterminación de los pueblos.
Confiamos en que esta designación contribuya al fortalecimiento de las luchas por la defensa integral del territorio y por la dignidad de los sectores históricamente afectados por la desigualdad estructural. Esto implica políticas públicas construidas con participación efectiva de todos los pueblos, comunidades y ciudadanías excluidas. Supone avanzar en medidas orientadas a transformar las causas profundas de la inequidad social, económica y territorial. El enfoque debe ser estructural y de derechos, no asistencial. La igualdad exige cambios sustantivos en la relación del Estado con los territorios y los pueblos, tanto en la ruralidad como en las ciudades.
Reiteramos nuestra disposición al diálogo político y al seguimiento riguroso de la gestión ministerial. Este acompañamiento se realizará en coherencia con los mandatos territoriales y los derechos colectivos de los Pueblos Indígenas, en articulación con las demandas de otros sectores históricamente marginados. Ejerceremos nuestro papel como instancia vocera y de exigibilidad frente a las obligaciones del Estado. Reconocemos que este nombramiento abre una oportunidad política relevante. Al mismo tiempo, plantea responsabilidades claras frente a la justicia territorial, social y la garantía efectiva de derechos.
¡Defender los territorios, es defender la vida!
por STI | Ene 21, 2026 | Actualidad, CNTI Opina, Comunicados, Nota de prensa
Los delegados y delegadas indígenas de la Comisión Nacional de Territorios Indígenas (CNTI), como instancia de vocera en material territorial indígena, celebramos el fallo judicial del 13 de enero de 2026, proferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala de Familia, que protegió el derecho fundamental al territorio de la comunidad Mame Ñate Umuguse, del Pueblo Siona.
El acceso efectivo al territorio mediante la adquisición de tierras es un componente esencial del derecho fundamental al territorio de las comunidades indígenas víctimas del conflicto armado que no pueden retornar a sus territorios. Desde la Secretaría Técnica Indígena (STI) de la CNTI se ha sostenido que este mecanismo no constituye un trámite aislado, sino una medida clave de reparación colectiva, pervivencia cultural y no revictimización.
En articulación con la comunidad indígena Siona Mame Ñate Umuguse, la STI de la CNTI interpuso una acción de tutela en agosto de 2025 en contra de la Agencia Nacional de Tierras (ANT) y la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV), dada vulneración sistemática del derecho fundamental al territorio y de los derechos derivados de su condición de víctimas del conflicto armado. El trámite judicial estuvo marcado por dilaciones, una nulidad por falta de vinculación de la UARIV y decisiones negativas de primera instancia proferidas por el Juzgado Tercero de Familia de Bogotá, que desconocieron la situación humanitaria y territorial de la comunidad, así como las afectaciones prolongadas derivadas del desplazamiento forzado. Estas decisiones fueron finalmente revocadas por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala de Familia, que amparó los derechos fundamentales de esta comunidad.
El trámite judicial fue respaldado mediante coadyuvancias interpuestas por las seis organizaciones indígenas nacionales con asiento en la CNTI (ONIC, OPIAC, CIT, AICO por la Pachama, Gobierno Mayor y CRIC), en consideración a la relevancia estructural que tiene el acceso a la tierra y la culminación célere de los procedimientos de adquisición que adelanta la autoridad de tierras.
En su decisión, el Tribunal, llamó la atención sobre las dilaciones injustificadas para culminar el procedimiento administrativo de adquisición de tierra y por consiguiente la constitución del resguardo, lo cual resulta especialmente graves tratándose de una comunidad víctima del conflicto armado. En consecuencia, ordenó a la ANT concluir, en un plazo máximo de tres (3) meses, el procedimiento de formalización territorial y adoptar decisiones de fondo respecto de los procesos de adquisición de tierras requeridos para la constitución del resguardo, advirtiendo el incumplimiento reiterado de sus deberes legales. Asimismo, el juez ordenó a la UARIV avanzar, en coordinación con la ANT, en la formulación y ejecución de los Planes Integrales de Reparación Colectiva y de Reubicación, garantizando la participación efectiva de la comunidad y el acceso oportuno a las medidas de reparación.
Desde la CNTI instamos a la ANT y a la UARIV a dar cumplimiento integral, oportuno y efectivo a lo ordenado en esta sentencia judicial. En ejercicio de sus funciones misionales, la CNTI ejercerá seguimiento permanente y riguroso al cumplimiento de estas órdenes, en el marco de sus competencias de seguimiento, exigibilidad y acompañamiento a la garantía de los derechos territoriales de los pueblos indígenas.
¡Defender los territorios, es defender la vida!
por STI | Ene 21, 2026 | Informes
The defense of life and territory by indigenous peoples has become one of the most highrisk activities in Colombia, and today it can be considered one of the most dangerous pursuits worlswide. According to Global Witness, for three consecutive years Colombia has been ranked as the most murderous country for those who defend nature and territory. Between 2012 and 2024, 2,253 rights defenders were assassinated, including 789 indigenous peoples, or 36% of total victims. Indigenous peoples are the hardest hit by this violence, which seeks to silence our voices and dispossess us of our territories. In Colombia, defending our land means paying with our lives.
During 2023 and 2024, the safety and security of Indigenous Peoples in Colombia deteriorated significantly. Communities faced an escalation of systematic violence associated with the intensification of the armed conflict and the reconfiguration of alliances between illegal armed actors and local economic powers vying for territorial control. These dynamics added to the legal and material insecurity of indigenous territories, which historically has enabled dispossession and has increased the risks for those who defend life and territory.
Between 2023 and 2024, the Information System on Sociopolitical Violence against Indigenous Peoples (SIVOSPI) of the Observatory for Territorial Rights for Indigenous Peoples (ODTPI) of the CNTI recorded 282 attacks on 2,372 indigenous rights defenders.1 Of these, 186 involved criminal acts resulting in 218 fatalities, while 96 targeted 2,154 individuals through threats, kidnappings, forced displacement and the recruitment of children and adolescents. It must be noted that SIVOSPI has been recording the murders of rights defenders since 2016.
The cases show a progressive pattern in which various types of violence precede the murders, operating as mechanisms of pressure and territorial control to weaken the resistance of communities.
According to SIVOSPI data, murder continues to be the most recurrent and brutal strategy used to silence indigenous defenders of life and territory. Between 2023 and 2024, 150 assassinations of indigenous leaders, community members, and authorities were recorded, reflecting the existence of systematic persecution against those who play an essential role in community unity and the defense of territories. Of the total number of victims, 81.3% (122) were men, 13.1% were women, and in 5.2% of cases, no information is available. It should be noted that this data is in addition to the 539 murders recorded between 2026 and 2022 by SIVOSPI.
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