Como organizaciones, delegadas y delegados indígenas de la Comisión Nacional de Territorios Indígenas (CNTI), en cumplimiento de nuestro mandato de protección, defensa y exigibilidad de los derechos territoriales de los Pueblos Indígenas de Colombia, valoramos lo expuesto de manera inicial en la comunicación sobre la Sentencia C-478/25, mediante la cual la Corte Constitucional analizó y concluyó la constitucionalidad del Decreto 1275 de 2024, como norma jurídica que formaliza y regula para su coordinación en el Estado, las competencias ambientales de nuestras autoridades.
No obstante la relevancia de conocer el texto integral y los fundamentos de la Sentencia C-478 de 2025, aún no publicada, la decisión que se conoce con el comunicado emitido el pasado 26 de noviembre por este alto tribunal, confirma las que serán transformaciones fundamentales para fortalecer el pluralismo jurídico en el país y avanzar en la consolidación de la autonomía territorial de los Pueblos Indígenas, en relación con el ejercicio y la coordinación de nuestras competencias ambientales con las demás en el Estado.
Desde la Secretaría Técnica Indígena de la CNTI, atendiendo a la solicitud expresa de la Corte Constitucional y en diálogo con organizaciones aliadas, aportamos desde el conocimiento propio y con un enfoque de los derechos territoriales indígenas basado en estándares, insumos y argumentos técnicos, jurídicos y culturales en defensa constitucional del Decreto. Lo anterior bajo un entendimiento integral e interdependiente de los territorios y derechos territoriales indígenas sustentado en nuestras relaciones espirituales y materiales con la naturaleza.
Este es un precedente relevante para materializar el derecho a la autonomía y al gobierno propio de los Pueblos Indígenas en Colombia, para lo cual persisten desafíos que afrontará la propia implementación efectiva de esta norma que garantice plenamente nuestras visiones interculturales, bioculturales y basadas en derechos y contemple mecanismos de coordinación con otras autoridades, en el marco de la gestión ambiental.
Los Pueblos Indígenas, a través de nuestros sistemas de conocimiento y autoridades, cumplimos desde la Ley de Origen, el Derecho Mayor, la Ley Natural o el derecho Propio, de manera tradicional y ancestral, con funciones en el manejo, ordenamiento y cuidado del territorio y la vida en él.
Es por ello que reafirmamos ejercer una autoridad ambiental desde tiempos ancestrales y mucho antes de cualquier normativa colonial o republicana, hemos cumplido con el cuidado, la protección y la defensa de la vida y de los sistemas naturales del territorio. El Decreto 1275 constituye, en ese sentido, una formalización institucional de funciones y en deber estatal de coordinación con nuestras estructuras propias de gobierno territorial que históricamente hemos ejercido conforme a nuestros sistemas normativos propios y de conocimiento.
Llamamos desde este espacio propio de diálogo y concertación de los Pueblos Indígenas a una implementación decidida de esta norma, que será clave también para enfrentar, desde un enfoque de derechos de los pueblos, la pérdida de biodiversidad, la crisis climática y las crecientes amenazas contra quienes defendemos la naturaleza.
Los Pueblos Indígenas de Colombia hemos sido guardianes del territorio desde tiempos ancestrales y nuestros territorios son sistemas de vida, no simples unidades administrativas. Su protección y nuestra autonomía territorial para el manejo y ordenamiento ambiental materializa derechos fundamentales y colectivos que garantizan la pervivencia y permanencia de nuestros pueblos y con ellas la continuidad de la vida en el planeta.
Desde la CNTI reiteramos de manera respetuosa nuestra voluntad de diálogo con las autoridades estatales para avanzar en la implementación efectiva y sistemática del Decreto 1275 de 2024 que permita avanzar en la materialización integral de los derechos territoriales de los pueblos indígenas. Desde la CNTI y su Secretaría Técnica, seguiremos trabajando para que cada decisión reafirme la defensa de los territorios, la vida y los derechos de los Pueblos Indígenas.
En el marco del seguimiento al cumplimiento del Acuerdo N°30 de la II Sesión Mixta de la CNTI (2022), los días 12, 13 y 14 de noviembre se realizó por tercer año consecutivo, la III Sesión de la Mesa Técnica de Formalización y Restitución de Derechos Territoriales en el municipio de Puerto Leguízamo, Putumayo. Este espacio se desarrolló en favor de las 24 comunidades que integran la Asociación de Autoridades Tradicionales y Cabildos de los Pueblos Indígenas del Municipio de Leguízamo y Alto Resguardo Predio Putumayo (ACILAPP).
Durante estos tres años, y gracias al trabajo articulado entre la Comisión Nacional de Territorios Indígenas (CNTI), la Organización Nacional de los Pueblos Indígenas de la Amazonía Colombiana (OPIAC), Asociación de Autoridades Tradicionales y Cabildos de los Pueblos Indígenas del Municipio de Leguízamo y Alto Resguardo Predio Putumayo (ACILAPP), el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y Opción Legal, se logró posicionar y dinamizar los distintos procedimientos de formalización y restitución de derechos territoriales presentados por los Pueblos Indígenas ante la Agencia Nacional de Tierras (ANT) y la Unidad de Restitución de Tierras (URT), los cuales no registraban avances significativos.
El análisis caso a caso permitió identificar obstáculos y situaciones críticas que, con acompañamiento técnico y el impulso político necesario, han empezado a mostrar avances significativos.
En esta sesión, como muestra de los resultados alcanzados de manera conjunta, se realizó la entrega protocolaria por parte del subdirector de Asuntos Étnicos de la ANT de los actos administrativos correspondientes a los procesos de formalización que culminaron exitosamente en el marco de esta Mesa Técnica.
Los títulos colectivos entregados fueron los siguientes:
El trabajo articulado entre los espacios de los Pueblos Indígenas, sus organizaciones nacionales y regionales, junto con la voluntad institucional, permiten materializar de manera efectiva los derechos territoriales de los pueblos. Aún quedan muchos obstáculos y retos por afrontar, pero estos avances son una muestra de que el camino colectivo tejido desde los principios de unidad, respeto y autonomía de los territorios sigue dando resultados concretos para el goce y la garantía de los derechos territoriales de los Pueblos Originarios del país.
Porque diversas son nuestras luchas, así como diversos son nuestros pueblos y cosmovisiones; y en cada uno de estos pasos reafirmamos que defender los territorios es defender la vida.
En el corazón de la frontera colombo-ecuatoriana, bajo la ribera del río San Miguel, se encuentra el resguardo indígena de San Marcelino, territorio del pueblo Kichwa. Tiene dos cabildos menores, San Luis y Juan Cristóbal y cuenta con 749 habitantes que lucha por preservar su territorio, sus costumbres y su dignidad frente a décadas de abandono estatal, violencia y despojo.
La historia del pueblo Kichwa en esta región está marcada por la resistencia. Desde la constitución de la Reserva Yarinal-San Marcelino-Amaron entre 1967 y 1980, la comunidad ha visto cómo una parte significativa de su territorio aún no ha sido formalmente reconocida como resguardo indígena, dejando en incertidumbre su protección. Según Francisco Lizardo Vargas, líder del pueblo Kichwa, todavía queda por sanear una extensión de 6.924 hectáreas más 1.700 metros cuadrados, una situación que refleja una problemática común en muchas reservas del país, donde la falta de acciones concretas por parte del Estado perpetúa conflictos y desarmonías en los territorios ancestrales.
A esta deuda histórica se suma una compleja problemática territorial: la presencia de colonos, el avance de cultivos ilícitos y la exploración de hidrocarburos por parte de empresas multinacionales han profundizado la vulnerabilidad del pueblo Kichwa. Durante el conflicto armado interno, muchos de sus miembros fueron desplazados hacia Ecuador, perdiendo no solo su tierra, sino también seres queridos y parte de su patrimonio cultural. Esta ausencia facilitó el ingreso de actores económicos, empresas multinacionales para la exploración petrolera que, sin consulta previa ni consentimiento, ocuparon zonas estratégicas y sagradas, afectando sus prácticas ancestrales.
“El territorio para nosotros no es solo tierra, es vida, es memoria, es espiritualidad”, comentó Francisco. En su testimonio, describe no solo el despojo físico sufrido por la comunidad, sino también la ruptura del tejido cultural que ha sostenido su identidad. La pérdida de saberes, la fragmentación de la lengua y el debilitamiento de sus prácticas ancestrales son heridas aún abiertas.
Pese a la presencia de la Fuerza Pública en la región y a los marcos normativos que existen para proteger los derechos indígenas, la realidad sobre el terreno dista mucho de lo que dictan las leyes. La comunidad denuncia la falta de acciones concretas por parte del Estado para sanear la totalidad del territorio y evitar nuevas vulneraciones.
Uno de los principales mecanismos legales que podrían brindar alivio a esta situación es el Decreto 2333 de 2014, que establece la figura de protección provisional de los territorios ancestrales indígenas. Esta norma permite reconocer la posesión ancestral sobre territorios que aún no han sido formalmente delimitados ni titulados como resguardos, buscando evitar que sean adjudicados a terceros. Sin embargo, en la práctica, esta protección ha sido insuficiente. La falta de voluntad política y la ausencia de medidas efectivas han permitido que actividades dañinas continúen, afectando derechos fundamentales y perpetuando un ciclo de despojo y vulneración.
“La verdadera reparación no es solo física. Exige la recuperación integral del territorio, el restablecimiento de nuestras formas de vida y el reconocimiento pleno de nuestra autonomía como pueblo”, menciona Francisco.
Tanto la Corte Interamericana de Derechos Humanos como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos han subrayado que los Estados están obligados a prevenir cualquier acto que ponga en riesgo “la existencia, el valor, el uso o el goce” de los territorios indígenas, incluso si no están tituladas formalmente. Sin embargo, en el caso del pueblo Kichwa, estos derechos no se han garantizado plenamente, dejando a la comunidad en una situación de vulnerabilidad y desprotección.
El impacto de esta omisión estatal no se limita al acceso a la tierra. La imposibilidad de ejercer el gobierno propio, la autonomía y la autodeterminación ha debilitado profundamente la estructura social y espiritual del pueblo Kichwa.
El llamado de la comunidad es claro: sin territorio no hay pueblo, y sin pueblo, se pierde una parte esencial de la riqueza cultural y espiritual del país. Proteger los territorios indígenas no es solo una obligación jurídica, es también un acto de justicia y una forma de preservar la diversidad que sustenta la nación colombiana.
Las organizaciones y los delegados indígenas de la Comisión Nacional de Territorios Indígenas (CNTI) alertamos al país sobre el sistemático incumplimiento de la Directiva 001 de 2025, un acto administrativo que establece orientaciones obligatorias para que las entidades del Estado garanticen la protección de los territorios indígenas.
Esta Directiva ordena que, antes de crear cualquier otra figura territorial —como Zonas de Reserva Campesina (ZRC) o Territorios Campesinos Agroalimentarios (TECAM)— las instituciones deben verificar rigurosamente la existencia de territorios indígenas. Para ello deben verificar y consultar las distintas fuentes institucionales de información que este acto administrativo establece, y comunicarse con las instancias propias de los Pueblos Indígenas. Solo así se respeta el debido proceso y se garantiza la protección de los territorios indígenas en curso de formalización o pendientes de identificación por parte del Estado. Su propósito es claro: prevenir conflictos, proteger los derechos territoriales y asegurar que las decisiones del Estado respeten la autonomía y la integridad de los Pueblos Indígenas.
Los Pueblos Indígenas evidenciamos que estas obligaciones no se están cumpliendo. La Directiva 001 de 2025, creada como instrumento preventivo, no está siendo aplicada, lo cual ha permitido que avancen procedimientos de constitución de ZRC y TECAM sin las verificaciones previas que exige la norma. Esta omisión expone a los territorios indígenas a decisiones que desconocen su integridad y está generando conflictos territoriales que pudieron evitarse.
Además, las entidades responsables no han entregado la información necesaria sobre la implementación de la Directiva, ni han garantizado actuaciones de consulta institucional ni de coordinación con los Pueblos Indígenas. La ausencia de estas garantías vulnera el debido proceso y debilita la protección territorial.
El incumplimiento estatal está afectando gravemente la armonía entre Pueblos Indígenas, campesinos y afrodescendientes, y está desconociendo derechos colectivos reconocidos por la normativa nacional e internacional. Esta negligencia institucional debilita la confianza en los mecanismos de concertación y pone en riesgo la seguridad jurídica, la pervivencia y permanencia de nuestros pueblos.
Frente a estos incumplimientos, los Pueblos Indígenas exigimos que el Estado aplique de manera estricta la Directiva 001 de 2025 y cumpla con sus obligaciones de:
Verificar de manera previa y rigurosa la existencia de territorios indígenas antes de crear cualquier otra figura territorial.
Garantizar acceso completo y oportuno a la información, con transparencia en todas las actuaciones administrativas.
Respetar el debido proceso en trámites que involucren territorios indígenas.
Cumplir con los estándares constitucionales e interamericanos de protección a los derechos territoriales y de autonomía de los pueblos indígenas, así como al del Consentimiento Libre, Previo e Informado.
Estas no son solicitudes nuevas: son obligaciones del Estado que deben cumplirse para proteger la vida, la dignidad y los derechos territoriales de los Pueblos Indígenas.
La lucha por la dignidad empieza por cumplir lo acordado.
¡Defender los territorios es defender la vida!
En el departamento del Putumayo, donde Colombia se encuentra con las fronteras de Ecuador y Perú, vive el pueblo Cofán, quienes llevan más de 30 años defendiendo su territorio ancestral, con una historia profundamente ligada a su territorio y a las economías extractivas que lo han atravesado y enfrenta nuevos y antiguos desafíos que amenazan su existencia física, cultural y espiritual.
La región del Putumayo, rica en biodiversidad y recursos naturales, ha sido durante décadas escenario de múltiples oleadas extractivas. A principios del siglo XX, la explotación del caucho y la quina marcó los primeros grandes impactos. Luego, en la segunda mitad del siglo, llegó la fiebre petrolera, y más recientemente, la llamada bonanza de la coca.
A pesar de estas presiones externas, el pueblo Cofán ha mantenido una firme defensa de su territorio a través de lideres como Pablo Puerres y Víctor Quenama Queta destacan que su lucha no es solo por la tierra, sino por la vida misma y la permanencia de sus prácticas ancestrales.
La defensa territorial de los Cofán no ha sido en solitario, su pueblo está organizado en la Asociación de Autoridades Tradicionales Mesa Permanente de Trabajo por el Pueblo Cofán, en articulación con cabildos indígenas de los pueblos Awá, Nasa, Kichwa y Embera Chamí, en los municipios del Valle del Guamuez y San Miguel- AMPPI CANKE.
Esta organización nació en el Primer Congreso Colombo-Ecuatoriano del Pueblo Cofán en 1998, realizado en marzo de 1998 en el territorio de Jardines de Sucumbíos, Municipio de Orito. Cuenta con 17 comunidades; 6 resguardos, 8 cabildos y 3 cabildos menores, trabajando bajo las directrices de su Plan de Vida.
Una de las mayores problemáticas del pueblo Cofán es la falta de formalización jurídica de su territorio. Aunque algunas reservas indígenas fueron constituidas entre 1967 y 1980 —como Santa Rosa del Guamuez, Yarinal-San Marcelino-Amaron y Bocana de Luzón— muchas no fueron convertidas en resguardos, lo que ha facilitado su ocupación por colonos, cultivos ilícitos, proyectos de hidrocarburos y hasta la instalación de bases militares.
Existen al menos nueve solicitudes de formalización en trámite, dos de las cuales datan de hace más de 25 años, como los casos de Tierra Linda y Bocanas de Luzón. Esta falta de avance, señalan líderes Cofán, constituye una violación al Convenio 169 de la OIT, que obliga al Estado colombiano a garantizar la propiedad y posesión sobre los territorios tradicionalmente ocupados por los pueblos indígenas.
Según el Observatorio de Derechos Territoriales de los Pueblos Indígenas (ODTPI), Putumayo es el departamento con mayor número de solicitudes de formalización territorial en Colombia, con 170 procesos en curso. Esto representa el 15% del total nacional y refleja la magnitud del problema en esta región fronteriza. Además de la lentitud institucional, los pueblos indígenas enfrentan la presencia de empresas petroleras que han generado nuevos conflictos, afectando su autonomía y deteriorando el equilibrio de sus ecosistemas.
Para los pueblos indígenas como el Cofán, el territorio no se limita a un bien material. Es un espacio de vida, de espiritualidad y de transmisión cultural. Sin embargo, las zonas ya formalizadas no cubren la totalidad de los sitios de importancia cultural o espiritual, y aún existen comunidades sin ningún reconocimiento jurídico sobre sus territorios.
La lucha por el territorio, aseguran los líderes Cofán, es también una resistencia activa por la protección del territorio, la vida y la continuidad de sus culturas. “El territorio es historia, es identidad y es la pervivencia para nosotros como pueblos”, afirma Pablo Puerres.
Aunque el marco legal como el artículo 14 del Convenio 169 de la OIT establece claramente la obligación estatal de formalizar los territorios indígenas, los procesos siguen siendo, en muchos casos, simbólicos y sin efecto práctico.
La restitución de derechos territoriales exige una articulación interinstitucional eficaz y con voluntad política real. No basta con reconocer los derechos en el papel; es necesario traducirlos en acciones concretas que garanticen la seguridad jurídica y el respeto a los pueblos que han habitado estas tierras por siglos. La historia del pueblo Cofán no es un caso aislado, es el espejo de una deuda histórica del Estado colombiano con los pueblos originarios.