No a la Reforma Agraria vía Plan Nacional de Desarrollo

No a la Reforma Agraria vía Plan Nacional de Desarrollo

Se pretende incluir una contrarreforma agraria en el Plan Nacional de Desarrollo

COMUNICADO A LA OPINIÓN PÚBLICA

Las organizaciones, procesos y congresistas abajo firmantes manifestamos nuestra preocupación por el respaldo que el gobierno nacional le ha dado a tres proposiciones presentadas por el Senador Ciro Ramírez y los representantes Wadith Manzur, Yamil Hernando Arana y Erasmo Zuleta, para introducir en el Plan Nacional de Desarrollo 2018 – 2022 una Reforma al Régimen Agrario de la Ley 160 de 1994, que contienen disposiciones lesivas y regresivas para los derechos de las poblaciones más vulnerables del campo colombiano.

Por esto, solicitamos al Ministro de Agricultura, así como a los ponentes del proyecto de ley, que dichas proposiciones no sean avaladas ni incluidas en el trámite legislativo del Plan Nacional de Desarrollo que se adelanta en el Congreso, sustentando nuestra petición en las siguientes razones.

Los baldíos son bienes públicos destinados a campesinas y campesinos sin tierras o con tierra insuficiente, que por sus condiciones de pobreza y marginalidad deben ser reconocidos por el Estado como sujetos de reforma agraria con el fin de garantizar el mandato constitucional de acceso progresivo a la tierra, reiterado por la Corte, que ha ordenado que toda modificación a su régimen de adjudicación debe orientarse a cumplir con esa finalidad constitucional. Pero dicha finalidad se ve gravemente comprometida con las proposiciones radicadas, ya que con éstas se pretende reformar la Ley 160 de 1994, así:

1. Creando un nuevo mecanismo judicial de “reconocimiento de expectativas legítimas” para acceder a la propiedad de los baldíos. Este procedimiento otorgaría facultades a jueces para legalizar la propiedad de baldíos en favor de pocos dueños, distintos a los sujetos de reforma agraria porque no cumplieron en ningún momento con los requisitos de la Ley 160 de 1994, y sanearía actuaciones que de forma ilegal han conllevado a la ocupación irregular y acumulación indebida de estas tierras en extensiones muy superiores al límite establecido a través de la Unidad Agrícola Familiar – UAF.

2. Reformando el artículo 48 sobre el procedimiento de acreditación de la propiedad privada, que permitiría validar las prescripciones de dominio sobre baldíos que se hubieran hecho con anterioridad al año 1994, contrariando la legislación agraria que ha protegido los bienes públicos rurales desde inicios del siglo anterior, y las ordenes de la Corte Constitucional sobre el inventario de baldíos y el Plan Nacional de clarificación de propiedad rural para adelantar programas de Reforma Agraria, necesarios para disminuir las brechas de desigualdad en la tenencia de la tierra rural (Sentencia T – 488 de 2014).

3. Reformando el artículo 72, que establece el régimen de adjudicación de baldíos y las prohibiciones de su acumulación, pues introduce excepciones para legalizar la acumulación indebida de baldíos a partir del año 1994, en favor de personas naturales y jurídicas que adelantan actividades de utilidad pública, es decir, minería y zidres. Esta reforma, además de evadir la priorización de sujetos de reforma agraria en la política de acceso y formalización de tierra, favorece situaciones fraudulentas y desvirtúa la función social y ecológica de la propiedad.

Finalmente, nos oponemos a estas propuestas porque no es muestra de buena fe del gobierno que, faltando menos de un mes para la finalización del trámite del Plan Nacional de Desarrollo, se avalen reformas estructurales para la ruralidad que no habían sido siquiera contempladas, y que no cuentan con ningún tipo de socialización con los sectores afectados, es decir las comunidades rurales del país. Más aún cuando acaba de culminar la Minga de suroccidente en la que comunidades campesinas, indígenas y afrocolombianas alzaron su voz para reivindicar los derechos que no les han sido garantizados, además:

– Ya que las disposiciones propuestas podrían afectar abiertamente derechos territoriales de comunidades indígenas y afrocolombianas, se requeriría adelantar un proceso de Consulta Previa con las comunidades étnicas del país. Sin este requisito el proyecto de ley estaría viciado de inconstitucionalidad1.

– Estas reformas implicarían una limitación para las expectativas de acceso a tierras en condiciones de dignidad que las comunidades campesinas están exigiendo, a través del reconocimiento de su igualdad

material, pues constituyen una grave regresión en la protección de sus derechos.

POR LO ANTERIOR REITERAMOS NUESTRA SOLICITUD PARA QUE ESTAS PROPUESTAS, TAN LESIVAS PARA LAS COMUNIDADES RURALES MÁS DESPROTEGIDAS, NO SEAN TENIDAS EN CUENTA EN EL TRÁMITE LEGISLATIVO DEL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO.

Congresistas

  • Senador Iván Cepeda Castro
  • Senadora Aida Avella
  • Senador Feliciano Valencia
  • Senador Wilson Arias
  • Senador Alexander López
  • Senador Alberto Castilla
  • Senador Iván Marulanda
  • Senador Antonio Sanguino
  • Senadora Victoria Sandino
  • Senador Pablo Catatumbo
  • Senador Gustavo Bolivar
  • Senadora Sandra Ramírez
  • Senador Julián Gallo
  • Representante Abel David Jaramillo
  • Representante David Racero
  • Representante María José Pizarro
  • Representante Ángela Maria Robledo
  • Representante Jairo Cala
  • Representante Omar Restrepo
  • Representante Luis Alberto Albán
  • Representante Carlos Alberto Carreño

Organizaciones

  • Asociación de Consejos Comunitarios del Norte del Cauca – ACONC
  • Asociación Nacional de usuarios Campesinos, Unidad y Reconstrucción – ANUC/UR
  • Asociación Nacional de Zonas de Reservas Campesinas – Anzorc
  • Asorenacer
  • Asocampo
  • Autoridad Nacional Afrocolombiana – Anafro
  • Autoridades Indígenas de Colombia – Gobierno Mayor
  • Congreso de los Pueblos – CdP
  • Coordinación Étnica Nacional de Paz – Cenpaz
  • Coordinación Social y Política Marcha Patriótica
  • Coordinación Nacional Agrario – CNA
  • Comisión Nacional de Territorios Indígenas – CNTI
  • Corporación Claretiana Norman Pérez Bello
  • Corporación Jurídica Libertad
  • Cumbre Agraria, Campesina, Étnica y Popular – CACEP
  • Federación Nacional Sindical Unitaria Agropecuaria – Fensuagro
  • Fundación de Desplazados y Personas Vulnerables – Fundapad
  • Fundación Comité de Solidaridad con Presos Políticos – FCSPP
  • Mesa de Incidencia Política de Mujeres Rurales
  • Mesa de Unidad Agraria – MUA
  • Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado – Movice
  • Movimiento Ríos Vivos
  • Organización Nacional Indígena de Colombia – ONIC
  • Plataforma de Mujeres Rurales Colombianas
  • Pensamiento y Acción Social – PAS
  • Proceso de Comunidades Negras – PCN
  • Fundación por el Medio Ambiente y la Paz en Colombia – FUMPAZ
  • Sisma Mujer
  • Aluna ¨Espacio de creación¨- Suecia
  • Asociación Revivir víctimas del conflicto armado de Colombia en España
  • Asociación Inmigración Asila Torrevieja – España
  • Sofeut Solidaridad Paz y Desarrollo – Suecia
  • Grupo Europa de Familiares de personas desaparecidas en Colombia
  • Carrers de Món – España
  • Paz a la calle Barcelona – España
  • Organización de Colombianos Refugiados en Chile – OCORCH
  • Mesa Nacional de Víctimas Pertenecientes a Organizaciones Sociales
  • Fundación Fundexco Colombia
  • Corpocolombia – Verde
  • Colectivo por La Paz en Colombia desde México, ColPaz
  • Colectivo de Refugiados/as y Exiliados/as Colombianos/as en Ecuador – CRECE
  • S.O.S Víctimas del Conflicto Interno Colombiano en Panamá – SOVIC
  • Red de Víctimas Colombianas por La Paz en Latinoamérica y el Caribe REVICPAZ – LAC
  • Colectivo Migrantes y Exiliados/as Colombianos/as por la Paz – MECoPa
  • Organización Multicultural de de Integración – OMI Suecia
  • Foro Internacional de Víctimas (FIV)
  • FIV Holanda
  • FIV Torrevieja
  • FIV Mediterráneo
  • FIV Suecia
  • FIV Elche
  • FIV Panamá

17 de abril de 2019

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1 Es necesario recordar que mediante sentencia C-175 de 2009, la Corte Constitucional declaró inexequible la ley 1152 de 2007 “Estatuto de Desarrollo Rural” que derogaba la ley 160 de 1994, justamente por violación de la consulta previa.

Última sesión de la Comisión Nacional de Territorios Indígenas de Colombia – CNTI, 2018

Última sesión de la Comisión Nacional de Territorios Indígenas de Colombia – CNTI, 2018

Finaliza el 2018 y con él la última sesión de la Comisión Nacional de Territorios Indígenas de Colombia, esta continuará con el objetivo de definir las rutas para garantizar el goce efectivo de los derechos territoriales de los Pueblos y Comunidades Indígenas de Colombia.

El jueves 20 y viernes 21 de Diciembre se reunirán los delegados indígenas de las cinco organizaciones con asiento en la misma, Confederación Indígena Tayrona – CIT, Organización Nacional Indígena de Colombia – ONIC y sus Macroregiones, Organización Nacional de los Pueblos Indígenas de la Amazonía Colombiana – OPIAC, Autoridades Indígenas de Colombia AICO por la Pachamama y Autoridades Tradicionales Indígenas de Colombia – Gobierno Mayor en espacio autónomo y con Gobierno Nacional.

La agenda iniciará con un balance de logros y retos actuados en este espacio durante las sesiones anteriores. Posteriormente, se abordaran tareas muy importantes para el movimiento indígena colombiano como la finalización de la ruta y la efectiva protocolización del decreto que busca la clarificación de títulos pendiendetes por expedición y dar seguridad jurídica a los resguardos de origen colonial y republicano. Para finalizar, se realizará la revisión de los acuerdos pactados en el marco de este espacio y el seguimiento a los mismos.

Desde la Secretaría Técnica de la CNTI reafirmamos nuestro compromiso por la defensa de los derechos territoriales de los Pueblos Indígenas de Colombia.

¡Defender los Territorios es Defender la Vida!

Cuarta sesión de la Comisión Nacional de Territorios Indígenas de Colombia – CNTI, 2018

Cuarta sesión de la Comisión Nacional de Territorios Indígenas de Colombia – CNTI, 2018

En cumplimiento a la agenda pactada entre la Comisión Nacional de Territorios Indígenas de Colombia – CNTI y el Gobierno Nacional, se llevará a cabo la Cuarta sesión en espacio autónomo con el objetivo de definir las rutas para garantizar el goce efectivo de los derechos territoriales de los Pueblos y Comunidades Indígenas de Colombia. Está se realizará en el salón de eventos J&F ubicado en la Cra 33 Nº 25ª- 38, Bogotá.

Desde el Jueves 25 hasta el Sábado 27 de Octubre se reunirán los delegados indígenas de las cinco organizaciones con asiento en la misma, Confederación Indígena Tayrona – CIT, Organización Nacional Indígena de Colombia – ONIC, Organización Nacional de los Pueblos Indígenas de la Amazonía Colombiana – OPIAC, Autoridades Indígenas de Colombia AICO por la Pachamama y Autoridades Tradicionales Indígenas de Colombia – Gobierno Mayor  y las Macroregiones en espacio autónomo para preparar el espacio de concertación con el gobierno nacional que según el viceministro de desarrollo rural Javier Pérez Burgos convocará para el 21 y 22 de Noviembre de 2018.

La agenda iniciará a las 2:00pm con el saludo y la presentación de todos los delegados de las organizaciones, posteriormente la Agencia Nacional de Tierrasbrindará una capacitación abiertaa todos los miembros de las organizaciones indígenas interesados en los temas de territorio sobre Procedimientos de legalización territorial de los Pueblos Indígenas, para finalizar este primer día con el balance de la sesión #3 de la comisión.

En el segundo día se planea brindar una capacitación en formulación y seguimiento de acuerdospor parte del equipo técnico de la CNTI en alianza con CODHES, posteriormente continuar con el balance de acuerdos realizados en el marco de las sesiones de la CNTI y finalizar con el balance de acuerdos para el Plan Nacional de Desarrollo 2014 – 2018, agenda direccionada a los delegados de las organizaciones indígenas.

Para finalizar se expondrá la estrategia jurídica diseñada al interior de la secretaría técnica indígena de la CNTI y la estrategia de fortalecimiento de la comisión, lo que implica la gestión, alianzas estratégicas y el componente de comunicaciones.

*Nota: confirmar asistencia a la capacitación abierta ¨Procedimientos de legalización territorial de los Pueblos Indígenas¨ al correo [email protected]

Balance sobre la primera sesión conjunta de la Comisión Nacional de Territorios Indígenas, la Mesa Permanente de Concertación y la Comisión de Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas con el Gobierno Nacional

Balance sobre la primera sesión conjunta de la Comisión Nacional de Territorios Indígenas, la Mesa Permanente de Concertación y la Comisión de Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas con el Gobierno Nacional

El pasado 9, 10 y 11 de octubre se realizaron con éxito las sesiones ampliadas de la Mesa permanente de concertación con los Pueblos Indígenas para la concertación de la ruta de consulta del Plan Nacional de Desarrollo 2018- 2022: Pacto por Colombia y del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición.

En el marco de las sesiones llevadas a cabo por la Comisión Nacional de Territorios Indígenas de Colombia -CNTI-, la Mesa Permanente de Concertación -MPC- y la Comisión Nacional de Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas -CNDDHHPI- realizaron un balance profundo de los acuerdos celebrados en el marco del Plan Nacional de Desarrollo 2014 – 2018. En este espacio, la CNTI fue parte activa, Camilo Niño, secretario técnico de esta, puso en consideración de los delegados una evaluación precisa de los acuerdos en materia de protección de territorios ancestrales, constitución y ampliación efectiva de resguardos, restitución de derechos territoriales y política nacional ambienta­­­l.  De igual forma, la secretaría manifestó la necesidad imperante de reformular las demandas hechas en el proceso de consulta del plan 2014-2018 y de generar una metodología efectiva para la creación de acuerdos realmente vinculantes a futuro.

Por otro lado, ante las distintas instituciones del Gobierno Nacional, la Comisión Nacional de Territorios expresó su preocupación en la conexidad entre los asesinatos de líderes sociales indígenas y las solicitudes de constitución y ampliación de resguardos, hecho que también fue comunicado por la Comisión de Derechos Humanos. Así mismo, de parte de la secretaría se exigió explícitamente la reactivación de diálogo directo con el gobierno y la continuidad en el trámite de los procesos llevados por la Agencia Nacional de Tierras, al considerar estos una parte importante en la garantía de los Derechos Territoriales de los Pueblos Indígenas.

La Comisión celebra que la ruta acordada por el Gobierno Nacional y los Pueblos Indígenas lograra recoger sus inquietudes, al establecer mecanismos de seguimiento permanentes para los acuerdos futuros y espacios de coordinación entre las partes; además de los compromisos adquiridos a corto plazo por parte del Gobierno Nacional, particularmente del Ministerio de Agricultura, al confirmar su participación en las siguientes sesiones de la Comisión y la celeridad en los casos por gestionar de parte de esta entidad.

Finalmente, en el marco de la sesión los delegados de las diferentes instancias rechazaron tajantemente el proyecto que cursa en la actualidad en el Senado, al considerarlo una iniciativa excluyente, la cual no reconoce la consulta como un derecho fundamental de los Pueblos Indígenas, dándole única y exclusivamente un carácter administrativo. En este sentido, es claro que los objetivos e intereses a los que responde el proyecto de ley son contrarios a este derecho fundamental, por lo cual, desde los Pueblos Indígenas se considera al proyecto una iniciativa sumamente regresiva en la materia.

Mapayerri, la resistencia por el territorio y contra la extinción cultural

Mapayerri, la resistencia por el territorio y contra la extinción cultural

Apenas 70 personas son las que hoy componen el pueblo indígena colombiano mapayerri, una comunidad en riesgo de extinción física y cultural y que ha transformado su esencia nómada, como consecuencia del intercambio cultural y los conflictos territoriales con comunidades sedentarias, colonos, actores armados y económicos. Sin embargo, los Mapayerri continúan luchando por el reconocimiento de su territorio y la preservación de sus costumbres.

Ubicados en su territorio ancestral en Nacuanedorro, al suroriente del municipio de Cumaribo en el departamento del Vichada, los Mapayerri se dedican a la caza, la pesca y la recolección. Mantienen presencia en Colombia y Venezuela pero se instalaron principalmente en ese predio, que comprende territorios baldíos que se traslapan con la zona protegida por el Parque Nacional El Tuparro y con un área de explotación por hidrocarburos.

En 1991 iniciaron el proceso para la constitución y titulación de su resguardo. Un proceso que no ha concluido, aunque la Corte Constitucional reconoció el derecho como grupo étnico a la propiedad colectiva para su preservación, y el Juzgado Primero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Villavicencio dictaminó medidas cautelares para la protección de su territorio.

Con las dilaciones al proceso de reconocimiento, los mapayerri han vivido graves violaciones a sus derechos de identidad cultural, vida digna, autodeterminación y debido proceso. Sus hábitos han sido afectados por la presencia de colonos, grandes empresas agroindustriales, los cultivos de uso ilícito, las fumigaciones aéreas, la compra de sus tierras y la disputa de bandas criminales por las rutas del narcotráfico. Así como en su tiempo por las disputas entre el frente 16 de la antigua guerrilla de las FARC y el Bloque Centauros de las Autodefensas Unidas de Colombia.

La travesía por el territorio

La resistencia de los mapayerri se unió a la comunidad indígena vecina de Awia Tuparro del pueblo sikuani, con la que mantiene contacto directo y de intercambio económico.  La cercanía de estos dos pueblos los llevó a solicitar ante la Alcaldía de Cumaribo la constitución del resguardo interétnico Marimba Tuparro, que incluía a Nacuanedorro y a los predios que pretendían constituir los sikuani.  Un año después recibieron comunicación del INCORA (entidad que en ese entonces tenía la competencia) solicitando información necesaria para adelantar el proceso de titulación, que fue remitida hasta el año 2002.

Entre los años 2008 y 2012 se realizaron diferentes acciones para impulsar el proceso, entre ellas reuniones interinstitucionales y la priorización de este proceso en el marco de la Comisión Nacional de Territorios Indígenas (CNTI). Todas ellas sin resultado. En el año 2013 por primera vez la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá reconoció las dilaciones injustificadas y ordenó al INCODER culminar dentro de seis meses el proceso de reconocimiento del resguardo Marimba Tuparro. Decisión que fue confirmada ese mismo año por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia.

Por su parte, la Corte Constitucional se ha pronunciado cinco veces a favor de los mapayerris en las sentencias T-379 de 2014, T-247 de 2015, T-213 de 2016, T-110 de 2016 y el auto 266 de 2017. Después de cuatro años de la primera decisión, aparecieron nuevas dilaciones que buscan la separación de los expedientes Awia Tuparro del pueblo sikuani y Nacuanedorro del pueblo mapayerri, considerando que una titulación de resguardo interétnico puede ser perjudicial para la identidad cultural de la segunda comunidad.

Así como el trámite de clarificación de baldíos que de forma equívoca y unilateral se ha pretendido iniciar de forma previa a la titulación desde la Agencia Nacional de Tierras (entidad que actualmente tiene competencia para ello), debido a que otras entidades como el Ministerio del Interior y de Ambiente, y Parques Nacionales Naturales han señalado que esta clarificación debe hacerse únicamente en casos en los que no existan terceros ejerciendo algún tipo de derechos sobre las tierras en cuestión.

A pesar de las demoras, el incumplimiento y el no reconocimiento de la resistencia mapayerri, esta comunidad continúa exigiendo al aparato estatal colombiano la posibilidad de proteger su territorio ancestral frente a terceros y poder transitar libremente para conservar su carácter semi –nomada y sus hábitos de vida.

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