Desde la Comisión Nacional de Territorios Indígenas (CNTI) alertamos sobre un patrón de desconocimiento de los derechos territoriales que sigue afectando a los Pueblos Indígenas de Colombia. El Estado persiste en desconocer, en sus actuaciones administrativas, la existencia de territorios indígenas, respecto de los que hemos exigido históricamente su identificación, protección y garantía, de manera que, no son tierras sobre las cuales se puede disponer libremente. Lo que está en juego no solo es un asunto de procedimientos administrativos, sino la materialización de los derechos territoriales de los Pueblos Indígenas y su goce efectivo.
Al respecto, la jurisprudencia constitucional ha reconocido que el territorio indígena, además de las áreas constituidas en resguardo, incluyen los territorios de ocupación ancestral, los territorios en solicitud de constitución y ampliación, y los espacios donde los pueblos desarrollan sus actividades de subsistencia. También, el artículo 14.2 del Convenio 169 de la OIT y el artículo 2.14.20.3.5 del Decreto 1071 de 2015 obligan al Estado a demarcarlos y protegerlos conforme a la posesión y ocupación ancestral. Sin embargo, mientras los procedimientos administrativos permanecen postergados durante años o décadas, distintas entidades del Estado avanzan en la implementación de programas y adjudicaciones a otros actores sobre nuestros territorios.
Pueblos como los Wayuu, Barí, Embera, Nasa, Awá, Sikuani, Yukpa o U’wa enfrentan lógicas estatales que vulneran estas prerrogativas: el Estado dilata el reconocimiento de fondo de nuestros derechos territoriales, pero acelera decisiones que favorecen a terceros y afectan la integridad territorial indígena. Cada obra ejecutada sin consulta, así como cada adjudicación o medida que desconoce la autonomía indígena, profundiza la inseguridad jurídica que padecen los Pueblos Indígenas sobre los territorios.
Los Pueblos Indígenas hemos sido obligados a sostener una litigiosidad permanente para defender nuestros derechos ya reconocidos. Tutelas, desacatos, recursos administrativos, acciones judiciales e insistencias ante la Corte Constitucional, se convierten en la única vía para frenar decisiones estatales que nunca debieron adoptarse sin el reconocimiento previo de los territorios indígenas. Este traslado de la carga institucional y económica a los pueblos es incompatible con la protección reforzada que el Estado debe a los Pueblos Indígenas, desde el principio de buena fe y desde la obligación preventiva alrededor del exterminio físico y cultural a los que nos hemos visto sometidos.
Por ello, desde este escenario exigimos avanzar de manera prioritaria en los procedimientos administrativos de constitución, ampliación, saneamiento, así como en la identificación y reconocimiento ancestral de los territorios indígenas; atender el cumplimiento efectivo y verificable de las órdenes judiciales relacionadas con la protección integral y la formalización de los territorios. Así como, articular acciones entre las entidades estatales y las carteras sectoriales para que las medidas de protección cubran la integralidad de los territorios.
Exigimos que el Estado deje de obligarnos a defender judicialmente, una y otra vez, lo que ya nos pertenece por derecho propio y por mandato constitucional. La paz territorial en Colombia depende de que el Gobierno Nacional asuma con seriedad que proteger los territorios indígenas no es una concesión, sino una obligación ineludible del Estado Social de Derecho.
¡Defender los territorios es defender la vida!






